Ácido Cítrico Natural

+ Ficha Técnica

Ingrediente Activo: Zumo concentrado de limón 55 BX con SO2 turbio
Concentracion
Formulación: Cristales
Modo de acción: Dilución acuosa
Fabricante/Formulador: Tratamientos Bio – Ecológicos S.A.
Distribuidor en Chile: Agrotechnology S.A
Toxicidad: Corrosivo
Antídoto: Bicarbonato

+ Principales Características
Ácido Cítrico, es un extracto de limón concentrado que otorga una alternativa natural para la regulación del pH de las aguas de riego y aplicación.

El zumo de limón concentrado posee un ph de 2,2, por lo cual las cantidades que se aplican son bastante reducidas.

Ácido Cítrico, puede ser inyectado al agua de riego para tratar el taponamiento causado por el carbonato de calcio y la precipitación de magnesio.

+ Instrucciones de uso

Cultivo Dosis Observaciones Carencia
Todos Según características del agua de riego Emplear medidor de pH durante el tratamiento para llegar al nivel de pH deseado. No procede
Todos, Limpieza de cañerías 500 grs x metro3 Debe utilizarse medidor de pH para que no baje excesivamente el nivel. No ofrece
Frutales, hortalizas y ornamentales 30 gramos/100 litros de agua Fungistático natural, uso en forma preventiva durante las épocas con condiciones predisponentes a la enfermedad. No tiene

+ Precauciones
El Ácido Cítrico, usualmente se inyecta después del filtro, para que no cause corrosión en el mismo, exceptuando si fuese de un material que no se corroa. Durante su aplicación debe utilizarse siempre un medidor de pH.
+ Compatibilidad

Es compatible con la mayoría de los fertilizantes de uso agrícola.
+ Importancia de su uso

El pH es un factor determinante en la fisiología de los cultivos y por ende en su productividad. Ácido cítrico (TRABE), es una alternativa natural y segura para acidificar el agua de aplicación o de riego, manteniendo una adecuada actividad microbiana en el suelo y una adecuada disponibilidad de nutrientes para el cultivo. Además, es una alternativa muy económica al momento de pensar en prevenir enfermedades fungosas a nivel foliar.

Incluido en la lista de reglamento C.E. 1488/97, anexo II, parte B, por lo que está permitido su uso en agricultura orgánica, teniendo además, un gran campo de acción en agricultura integrada.


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